El presidente Luis Arce promulgó la noche de este lunes la Ley 1657 Corta Excepcional y Transitoria para garantizar el abastecimiento de diésel y gasolina en situaciones de emergencia, aunque advirtió que la norma generará que el precio de la venta sea más elevado que el carburante subvencionado.
“Hoy, lunes 27 de octubre de 2025, recibimos la Ley Corta Excepcional y Transitoria para garantizar el abastecimiento de diésel y gasolina en situaciones de emergencia, la cual promulgamos de manera inmediata”, informó en sus redes sociales sobre la iniciativa legal impulsado por los cívicos cruceños.
La norma establece un régimen excepcional de tres meses que permitirá a personas naturales o jurídicas importar e internar diésel, gasolina y Gas Licuado de Petróleo (GLP), bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberá mantener la provisión estatal prioritaria e informar con anticipación sus capacidades de abastecimiento. Si la empresa no cubre el 100% de la demanda, los operadores privados podrán importar o adquirir combustible a un precio diferenciado y en régimen de libre competencia.
Arce aseveró que más “allá de las diferencias políticas y ciertas observaciones que realizamos a la ley que hoy estamos promulgando, como no tomar en cuenta factores de carácter operativo, importantes para garantizar la distribución de combustible en nuestro país, que no están consideradas en la norma”.
“Nosotros no saboteamos ni bloqueamos iniciativas sancionadas por otro órgano del Estado, cuando se considera que éstas podrían contribuir a solucionar un problema que atravesamos”, afirmó. De hecho, el Gobierno dio curso a iniciativas privadas para la importación de combustibles y venta a precio de mercado, pero cuidando la subvención y el bolsillo de los bolivianos.
En esa línea, recordó que el Gobierno emitió diversas normativas destinadas a facilitar la importación de gasolina y diésel con la finalidad de superar el desabastecimiento coyuntural provocada por la falta de divisas, vinculada al bloqueo legislativo a créditos por parte de la oposición y el evismo.
Esas disposiciones incluyeron la autorización al sector privado para importar carburantes, no solo para consumo propio, sino también para su comercialización.
En ese sentido, el gabinete aprobó el Decreto Supremo 5218, el 4 de septiembre de 2024, que simplificó los requisitos legales y técnicos para la importación directa de combustibles destinados al consumo propio, permitiendo a personas naturales, empresas, cooperativas y asociaciones realizar este proceso de manera más ágil y eficiente.
Con esa norma, los trámites que antes demoraban hasta un año ahora se completan en un plazo de entre 5 y 10 días. Asimismo, el Decreto Supremo 5271, del 13 de noviembre de 2024, autorizó, de manera excepcional, a personas naturales o jurídicas privadas a importar diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno.
Esta medida atendió una demanda sectorial y permitió que cooperativas, empresarios, agricultores, sectores mineros y estaciones de servicio accedan directamente a los combustibles y abastezcan sus actividades de manera autónoma.
Entre tanto, el Decreto Supremo 5313, del 15 de enero de 2025, amplió el plazo para la importación y comercialización de combustibles de un año a tres años, brindando mayor previsibilidad financiera a los empresarios.
Esta medida les permite suscribir contratos a largo plazo con proveedores y optimizar acuerdos logísticos, como el uso de tanques de almacenamiento ofrecidos por YPFB Logística. De igual manera, flexibiliza los requisitos de certificación de tanques, autorizando a entidades como IBNORCA realizar la certificación de calidad.
Adicionalmente, se emitieron diversas resoluciones ministeriales y administrativas con el propósito de operativizar y reglamentar la aplicación de los decretos supremos, estableciendo procedimientos específicos para la autorización, control y supervisión de las importaciones de combustibles, así como para la implementación de los mecanismos arancelarios y de comercialización previstos en dichos instrumentos normativos.
Con todas estas medidas, destinadas a la facilitación de ingreso de combustibles al país, en la actualidad 72 empresas cuentan con el permiso de importación, de las cuales 39 realizan operaciones de internación de carburantes para consumo, 26 empresas tienen autorización para comercialización y 10 realizan la venta de estos productos.
Arce precisó que “de enero a septiembre de 2025 solo se han importado 45.314 m3 por parte de empresas para consumo propio y 17.785 m3 para comercializar por parte del sector privado”.
En ese contexto, el presidente resaltó la importancia de que el “pueblo boliviano sepa que la libre importación y comercialización absoluta que se establece” en la ley de los cívicos “generará que el precio de la venta de combustible sea más elevado que el que se comercializa en gasolineras con subvención, y que esto se vaya generalizando, provocando que el efecto sobre la economía de las familias bolivianas sea inmediato”.
















