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Sala Constitucional anula juicio de responsabilidades contra Sánchez Berzaín por los hechos de 2003

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba concedió una acción de libertad presentada a favor del exministro de Defensa José Carlos Sánchez Berzaín y declaró la nulidad de pleno derecho” de la apertura del juicio de responsabilidades iniciada el 25 de marzo de 2009 por los hechos de octubre de 2003, conocidos como “Octubre Negro” o la “Guerra del Gas”.
La resolución también alcanza a la exministra de Participación Popular Mirtha Quevedo, otra de las accionantes, y dispone que los actuados derivados de la apertura del proceso no tienen eficacia legal. Asimismo, ordena el cese de las medidas restrictivas, órdenes y mandamientos de aprehensión vinculados a los beneficiarios del fallo.
El fallo cuestiona, entre otros aspectos, que la investigación y persecución judicial se haya concentrado en determinadas exautoridades sin una investigación integral de todos los actores involucrados en los acontecimientos de 2003. La decisión tiene aplicación inmediata, aunque deberá ser remitida en consulta de oficio al Tribunal Constitucional Plurinacional, que tendrá la última palabra sobre su validez constitucional.
𝗔𝗻𝘁𝗲𝗰𝗲𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼𝗰𝗲𝘀𝗼
El denominado “Octubre Negro” se produjo en septiembre y octubre de 2003, durante el segundo gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, en medio de protestas y una crisis política y social que dejó más de 60 personas fallecidas, según antecedentes reportados por medios bolivianos. La presión social derivó en la renuncia de Sánchez de Lozada el 17 de octubre de ese año.
Sánchez Berzaín, quien se desempeñaba como ministro de Defensa, salió de Bolivia junto a Sánchez de Lozada en octubre de 2003 y posteriormente obtuvo asilo político en Estados Unidos.
El juicio de responsabilidades contra Sánchez de Lozada, Sánchez Berzaín y otros exintegrantes de su gobierno fue abierto en 2009. La reciente resolución constitucional cuestiona precisamente la validez jurídica de la apertura de ese proceso respecto de los accionantes.